
El plan regula los calendarios y condiciones
de los usos rurales para garantizar la sostenibilidad de los terrenos.
Acompasar usos rurales como el pastoreo, la apicultura y la recolección de esparto con la
sostenibilidad es clave para minimizar el impacto de los riesgos Forestales. El Plan Anual de Aprovechamientos de los Montes de Utilidad Pública, un documento que ordena de forma detallada el uso sostenible de los recursos forestales, ha sido aprobado por la Comunidad. El reglamento establece los calendarios y condiciones que deben tenerse en cuenta para el uso de pastos para el ganado, recolección de esparto y plantas aromáticas y la explotación de colmenas.
El plan, elaborado por la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática a través de la Subdirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial, responde a lo establecido en la Ley 43/2003, de Montes, que reconoce a los titulares de estos terrenos el derecho a aprovechar sus recursos bajo criterios de sostenibilidad, garantizando la persistencia y mejora de los ecosistemas forestales.
Se trata de un instrumento de gestión que, además de describir los aprovechamientos posibles, fija las condiciones generales y particulares que deben cumplirse, y establece las limitaciones derivadas de la conservación de la biodiversidad, los planes de ordenación de los recursos naturales o la presencia de especies protegidas.
El documento regula el uso de pastos, esparto, aromáticas, cultivos y aprovechamientos apícolas, y detalla los criterios técnicos y
medioambientales que deben seguir los usuarios para asegurar un equilibrio entre el uso tradicional de los montes y la protección de su biodiversidad. Entre los objetivos del plan está reducir los riesgos de incendios forestales a través de un pastoreo ordenado y dar continuidad a prácticas con un alto valor social y económico en las zonas rurales. El aprovechamiento de la madera y de las setas en montes públicos no está contemplado en este plan. Los relacionados con la caza siguen su procedimiento específico.
La Consejería de Medio Ambiente ha tenido en cuenta las necesidades de especies de interés
comunitario, como la alondra ricotí(Chersophilus duponti), para la que se ajusten los periodos de recolección de esparto para no interferir en su ciclo reproductivo. También se introducen restricciones en relación con la época de cría de rapaces forestales, para garantizar que las actividades autorizadas no perjudiquen su desarrollo.
El plan fija un periodo general de siete meses para el pastoreo (el 1 de octubre de 2025 al 30 deabril de 2026), salvo en aquellos montes donde, por razones de prevención de incendios o demandas municipales, se amplía hasta ocho meses. El precio por unidad de ganado es de 0,167 euros por cabeza lanar al mes y 0,502 euros por cabeza caprina al mes, como medida de apoyo a la economía local y al mantenimiento del pastoreo tradicional.
En el caso del esparto, el periodo de aprovechamiento se amplía
de forma general hasta nueve meses al año, con un precio de 0,715 euros por quintal métrico hectárea. El plan establece limitaciones, como la prohibición de recolectar en terrenos con pendiente superior al 10% o próximos a colmenares, así como la obligación de retirar el material recolectado para evitar riesgos de incendio. En los montes donde habita la
alondra ricotí, el periodo de recolección se reduce a 6,5 meses.
Solicitud de colmenares
El plan mantiene la continuidad de cultivos tradicionales como cereal, olivar o almendro de secano en determinadas parcelas de montes de utilidad pública, y fija un canon general de 20 euros por hectárea al año. La planificación
apícola contempla que los interesados puedan solicitar la adjudicación de colmenares en montes de titularidad autonómica.
